Recurso de revisión
Art. 1272, inc. 7º, C. de P.C. / Daños y perjuicios / Obligación resarcitoria, solidaridad /Habiendo demandado los derechos habientes de la víctima a uno de los copartícipes de un cuasidelito, éste le debe el resarcimiento de todo el daño causado, sin perjuicio de la acción recursoria. Tal conclusión deriva del segundo párrafo del art. 1109 del C. Civil al establecer: “Cuando por efecto de la solidaridad derivada del hecho uno de los coautores hubiere indemnizado una parte mayor que la q...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil
Autos: Mitrano Pablo Ugolino c/Salvador Margara y otro
Revista Nro: 11
Nro Página: 113