Recurso de revisión
Código Arancelario / Código Arancelario /La Constitución de la Provincia contiene una norma de aplicación en el tiempo de las leyes (art. 118) que recoge los principios de: entrada en vigor, abrogación e irretroactividad.
Esto así, la norma anterior continúa rigiendo las situaciones y relaciones jurídicas que se hayan manifestado antes de la entrada en vigencia de la ley posterius, con exclusión de esta última. En virtud de ello, todos ...
Tribunal: T.S.J. Sala Civil y Comercial
Autos: Gordillo de Bustos, Carmen Leonor c/Chimilli J. María y otros
Revista Nro: 13
Nro Página: 120