Usucapión

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“...la actora no puede pretender unir una posesión supuestamente ejercitada en forma exclusiva, a la posesión del antecesor, ejercitada reconociendo en otro igual derecho de posesión, sino que como lo sostienen los apoderados de la comuna, la posesión de la sucesora a título universal, participa conforme lo prescripto por los arts. 2475 y 4004 del Código Civil, de las calidades que tenía la posesi...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C. de Río Cuarto
Autos: Abud de Cattaneo, Salva Elías

Revista Nro: 14
Nro Página: 147

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