Prescripción
Causales de interrupción / Interpretación del término demanda /De conformidad con el art. 3986 C.C., la prescripción se interrumpe por demanda contra el poseedor o deudor, aunque sea interpuesta ante un juez incompetente o fuere defectuosa y aunque el demandado no haya tenido capacidad legal para presentarse en juicio.\nEl término demanda del art. 3986 C.C. no es de interpretación restrictiva sino amplia, y la jurisprudencia encuadra dent...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Castellino, Lucía del Carmen c/ Ciudad de Córdoba S.A.C.I.F. y otro
Revista Nro: 99
Nro Página: 299