Intereses

Daño moratorio / Tasa aplicable /

Un interés a la tasa del 8% anual como el fijado en la sentencia es insuficiente para reparar el daño moratorio en lapso posterior a la vigencia de la ley 23.928. Esta Cámara viene aplicando hasta hoy la tasa del 1% mensual para esos períodos, criterio cuyos fundamentos están desarrollados en la sentencia cuyos fundamentos están desarrollados en la sentencia del 26.11.91 dictada en autos: “Acastel...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Corimayo S.A. c/La Sorpresa S.A.

Revista Nro: 15
Nro Página: 110

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