Juicio ejecutivo

Excepciones oponibles / Causa de la obligación / Interpretación formalista /

1. Sólo son oponibles en el juicio ejecutivo las excepciones taxativamente enumeradas por la ley (Cnfr. art. 856 C. de P.C.). 2. Las excepciones de falsedad e inhabilidad de título se refieren a las formas extrínsecas del documento, sin que pueda discutirse la legitimidad de la causa, porque el juicio ejecutivo -sin que constituya una regla absoluta- no tiene por objeto la declaración de derechos...
Tribunal: Cámara C. y C. de Villa María
Autos: Gioino, Elmo Carlos c/Pedro Sixto Cofaneli

Revista Nro: 17
Nro Página: 151

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