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Incidente de incompetencia de jurisdicción / Escala reducida /

El giro gramatical incorporado al art. 79 ley 7269, de “dar término al litigio” hace referencia propiamente al proceso y no al litigio; por tal razón, opera la citada norma arancelaria, cuando, como en el subexamen, los actos del procedimiento no pueden continuar por absolución de la instancia. Aquí se considera que, aunque permanezca el conflicto de intereses (cuestión sustancial), el juez o Trib...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Ana, José y Otros c/ Cía. de Seguros La Franco Argentina S.A.

Revista Nro: 18
Nro Página: 141

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