Recurso de casación.
Agravio por costas /1. La imposición de costas es materia procesal revisable únicamente por la causal del art. 99, inc. 2º, C.P.T.. Por la causal del inc. 1º sólo se atienden violaciones de la ley de fondo.
2. La sentencia debe ser motivada. El juzgador debe expresar el porqué de su decisión, dando las razones de hecho y de derecho que la justifican. Está obligado a enunciar los elementos probatorios que apoyen cada...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Yocco, Primo Vicente c/Palmar S.A
Revista Nro: 20
Nro Página: 169