Guarda de menores
Vicios en el procedimiento /El pedido de guarda de menores no sujetos al Patronato debe tramitarse por el procedimiento del juicio verbal (art. 85 de la ley 7676), dándose participación a la progenitora del menor.
El hijo y la madre tienen un estado de familia que forma parte de los atributos inherentes a la persona y que cuenta como caracteres fundamentales los de intransmisibilidad, inalienabilidad, irrenunciabilidad e im...
Tribunal: Cámara de Familia de 2ª Nominación
Autos: B.R.D.
Revista Nro: 21
Nro Página: 176