Divorcio

Medidas cautelares / Exclusión del hogar. /

El art. 231 del Código Civil establece que deducida la acción de divorcio vincular o antes de ella, en caso de urgencia, podrá el juez decidir si alguno de los cónyuges debe retirarse del hogar conyugal o ser reintegrado a él. De las constancias de autos surgen elementos que configuran una situación de urgencia. Los presupuestos del art. 231 del Código Civil se configuran y acreditan a través de ...
Tribunal: Cámara de Familia de 2ª Nominación
Autos: G.A.A. c/L.C.L

Revista Nro: 21
Nro Página: 172

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