Dominio
Restricciones y límites / Ruidos molestos: normal tolerancia / Art. 2618 Código Civil /1. Es inevitable el tener que convivir con ciertas molestias que son como el “precio” que se debe pagar por vivir en el ámbito urbano. Por lo tanto, resulta indispensable una cierta tolerancia en las relaciones de vecindad, siendo ésta la condición misma de la vida en sociedad.
2. Pero también es cierto que esas molestias no pueden exceder la medida de los deberes que impone la vida social, prin...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: De Filippi, Irma María Cristina c/Complejo Sui Géneris y otro - Juicio Sumario
Revista Nro: 21
Nro Página: 150