Extorsión
Configuración / Diferencia con la coacción /Como bien lo expresa el Dr. Breglia Arias en su Código Penal Comentado, p. 481, al comentar la conducta punible de la coacción nos dice que cuando al delito de amenazas se le suma una exigencia -tratar de que el amenazado haga, deje de hacer o tolere algo-, nos hallamos ante la figura de coacción. Si esa exigencia consiste en una disposición patrimonial ilegítima se llega al delito de extorsión. E...
Tribunal: Cámara de Acusación
Autos: De la Vega, Amado Alberto p.s.a. Lesiones leves
Revista Nro: 22
Nro Página: 188