Recurso de casación.
Causales de los incs. 1º y 2º del art. 99 de la ley 7987 / Improcedencia. /Respecto del primer motivo -inobservancia de la ley sustantiva- el tribunal tiene establecido que como el recurso debe bastarse a sí mismo, en su fundamentación, el recurrente debe expresar la aplicación de la ley que se pretende, no siendo suficiente la petición que sólo pide que se anule la sentencia porque atribuye a la demandada el total del porcentaje de incapacidad peritado en los autos, o b...
Tribunal: Cámara del Trabajo de Cruz del Eje
Autos: Vega, Lucas Humberto c/ Angel Manzano
Revista Nro: 22
Nro Página: 180