Excepcion de pago

Requisitos / Requerimiento judicial / Requerimiento judicial /

1. Para que el pago pueda ser alegado como excepción, y tenga efecto dirimente en el pleito, debe reunir en sí mismo dos condiciones: a) referirse a la obligación ejecutada y b) ser anterior al requerimiento judicial. 2. El requerimiento judicial se da cuando se traba in praxis la litis, y no cuando se inicia el juicio correspondiente. La intimación de pago, uno de los presupuestos de la excepció...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Municipalidad de Córdoba c/ Angel Ricardo Pacheco - Apremio

Revista Nro: 22
Nro Página: 155

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