Seguro
Contrato: nulidad / Prueba / Pago con subrogación / Doble seguro: alcance. Aseguradoras: convenio de reciprocidad. Inoponibilidad. Contrato de depósito: prueba necesaria. Actualización monetaria. Integridad del pago. Intereses. Cómputo. Tasa. /1. A quien invoca un hecho impeditivo como lo es la nulidad del contrato de seguro, le correspondía la prueba de la existencia de tal nulidad, en este caso a la demandada
2. Aunque se invoque el art. 80 de la ley de seguros 17.418, la subrogación es legal y se produce por el hecho del pago (arts. 768 C.C., y 1º, título preliminar, del Código de Comercio) esté o no quien lo efectúa ligado a un con...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: La Primera Cía. Arg. de Seguros Generales c/ Replat Córdoba S.R.L
Revista Nro: 24
Nro Página: 170