Falta de personería

Omisión de acompañar poder / Subsanación /

1. El poder posteriormente incorporado en autos y que acredita la representación invocada al interponerse la deman¬da, subsana el defecto, aun cuando se haya opuesto excepción de falta de personería en el demandante, lo que se encuentra aceptado en forma pacífica por la doctrina y la jurisprudencia. 2. La admisión de la excepción de falta de personería implicaría en este caso plasmar un formalism...
Tribunal: Cámara C. y C., Familia y del Trabajo de Río Tercero
Autos: Monteverde, Omar Antonio c/ Ana Esther Berruti y otro

Revista Nro: 25
Nro Página: 183

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