Concursos y quiebras
Procedimientos concursales: recusación del juez sin expresión de causa / Improcedencia. Fundamento. / Alcance. Fuero de atracción /1. En los procesos concursales no se admite la recusación del juez sin expresión de causa (art. 1092 bis, inc. 1, del C. de P.C.), porque con ello se violaría la ley y se afecta¬rían principios cardinales del derecho concursal: universali¬dad, colecti¬vidad, igualdad, celeridad y economía.
2. La ley no ha hecho distingos entre recusación en el expediente principal de la quiebra o concurso, en los...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Mellado, Inés María c/Santiago Sabater o Zabater - Disolución de Sociedad
Revista Nro: 28
Nro Página: 126