Tercería de dominio

Cosas muebles no registrables / Propiedad: posesión / Presunción de animus dominio / Presunción de propiedad. Valor de la prueba documental /

1. Ante todo es preciso determinar cuál de las personas involucradas, el tercerista o el obligado, tenía los bienes muebles bajo su señorío al momento de practicarse el embargo, porque en nuestro derecho la propiedad de las cosas muebles no registrables -como son las afectadas en el caso particular- se determina exclusivamente en función de la posesión que se detenta sobre ellas con abstracción de...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C
Autos: Tercería de dominio del Sr. José Emilio Fernández en autos “Bellomo, Sergio Eduardo c/ Manuel Enrique Fernández

Revista Nro: 29
Nro Página: 140

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