Evicción

Acción / Procedencia / Fundamento / Alcance /

1. El adquirente de una cosa -en el caso, el actor que compra una motocicleta-, tiene acción de evicción en nombre propio en contra de su vendedor, y de todos sus antecesores en el derecho, que la hubiesen enajenado a título oneroso (art. 2096 C.C.), pudiendo dirigirlo a cualquiera de ellos (art. 2109 del mismo cuerpo legal). 2. El deber de resarcir al comprador privado del derecho sobre la cosa...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Romero, Nicolás Benito c/ Jorge Raúl López y otros

Revista Nro: 29
Nro Página: 132

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