Litis pendencia

Improcedencia /

1. Si bien en el convenio realizado entre las partes se reconoce expresamente la deuda vencida, y se pacta la mora automática para futuras deudas que pudieren contraer, lo que en estos autos se reclama es el pago de facturas posteriores no incluidas en el mencionado acuerdo. En consecuencia el objeto y la causa de la deuda cuyo pago se reclama en estos autos, son distintos, no configurándose la tr...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Canteras Cerro Negro S.A. c/ El Obrero S.A.C.I.I

Revista Nro: 29
Nro Página: 131

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