Bien de familia

Régimen patrimonial matrimonial / Bien ganancial de administración de uno de los cónyuges. / Bien de familia: desafectación. / Instancia de un acreedor: efectos /

1. Durante la vigencia de la sociedad conyugal y conforme lo dispuesto por el art. 1276 C.C., “cada uno de los cónyuges tiene la libre administración y disposición de sus bienes propios y de los gananciales adquiridos con su trabajo personal o por cualquier otro título legítimo”. 2. Aplicando dicha norma a autos surge con claridad que el inmueble cuya exclusión se pretende es un bien ganancial d...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Margarian, David - Quiebra propia

Revista Nro: 30
Nro Página: 153

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