Condominio

División. / Inmuebles / Límites: posibilidad subdivisión / Invocación: oportunidad procesal. Prueba. Sociedad de hecho: existencia. Prueba. Liquidación: procedimiento /

1. En materia de división de cosas en condominio la regla es la división en especie, ya establecida por la jurisprudencia, y consagrada legalmente en el art. 3475 bis del Código Civil, introducido por la ley 17.711, y también con anterioridad por el art. 627 del C. de P.C. 2. En consecuencia para que opere la división del condominio en especie basta que uno solo de los condóminos lo pida, para qu...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Flia. de San Francisco
Autos: Braschi, Alberto Carlos c/ Nelido Olivo Braschi y Oscar Victorino Braschi

Revista Nro: 31
Nro Página: 151

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase