Amparo

Inapelabilidad / Recursos / Procedencia. /

. El art. 15 de la ley 4915 lo que excluye es el Recurso de Apelación como remedio impugnaticio apto en ciertas resoluciones, pero no así la revocatoria que hipotéticamente tendría cabida en función de lo previsto por el art. 17 de la misma ley, y en la medida de que no es lícito equiparar “inapelabilidad” con “irrecurribilidad”, todo lo cual implicaría que el inferior debió expedirse fundadamente...
Tribunal: Cámara C. y C. de Río Tercero
Autos: Giménez, Nelson Osvaldo y otro c/ Sociedad de Bomberos de Villa del Dique y Villa Rumipal y Otro

Revista Nro: 31
Nro Página: 149

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase