Intereses

Excesivos / Oportunidad para plantearlos /

Se pretenden aplicar intereses convenidos, más los recargos. Si con el recurso se quiere demostrar que los intereses pactados (convenidos o por adhesión) son excesivos, es necesario plantearlo en la primera oportunidad procesal; en autos, cuando se contesta la demanda y así desarrollar la causa que se pretende mantener por vía de la lesión (art. 954, C.C.) o por el art. 1198 C.C. y luego de ello l...
Tribunal: Cámara C. y C. de San Francisco
Autos: EPEC c/ Séptimo Bienvenido Grau

Revista Nro: 32
Nro Página: 137

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