Nulidad procesal

Procedencia / Vicio: interés lesionado / Prueba /

1. No cabe la impugnación de invalidez si no se verifica un interés lesionado, toda vez que la anulación por la anulación misma no vale (confr. art. 365 bis y ss. del C. de P.C.). 2. Quien acusa una nulidad procesal debe invocar y demostrar que el vicio afecta su defensa en el pleito, u otras garantías de raigambre análoga, pues de lo contrario no procederá, dado que no es admisible la nulidad po...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Prodolliet, Ilda Elvia c/ Gutiérrez de Theaux Angela

Revista Nro: 34
Nro Página: 161

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