Contratos

Existencia / Naturaleza jurídica: determinación / Contrato innominado / Exceptio non rite adimpleti contractus. Procedencia: requisitos /

1. Si ambas partes han reconocido expresamente el negocio jurídico que motiva la demanda, no puede el a quo sostener que no existe contrato. 2. El conjunto de obligaciones regladas por las partes no se ajusta a una permuta, y no es correcto separar las prestaciones en su globalidad porque pierde unidad el contrato. 3. El contrato suscripto por las partes es innominado (art. 1143 C.C.), porque no...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Garrido, Julio A. c/ Anita T. López

Revista Nro: 34
Nro Página: 155

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