Competencia territorial
Prórroga / Excepción / Impugnación: art. 617 del C. de P.C. /La competencia territorial sólo es prorrogable por sumisión de las partes al juez que podría resultar incompetente. Como consecuencia de ello, la incompetencia en razón del territorio no puede ser declarada de oficio.
Cuando la competencia territorial del juez ha sido impugnada mediante la oposición de la pertinente excepción, no se opera la prórroga, por lo tanto debe resolverse la cuestión p...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Luna, Exequiel Adolfo c/ Avelino Osvaldo González y otro
Revista Nro: 34
Nro Página: 155