Accidente de tránsito
Responsabilidad por riesgo / Automotores: cosas peligrosas o riesgosas / Consecuencias. / Eximentes: interpretación restrictiva. Rotonda: prioridad de paso. Interés: tasa aplicable /A partir del fallo “Espíndola c/ Roasende” del 30 de noviembre de 1993, vía del inc. 7º del art. 1272 del C. de P.C., el Tribunal Superior de Justicia ha admitido la responsabilidad a título de riesgo creado en la colisión entre automotores, incluyendo a éstos en la categoría de cosas peligrosas o riesgosas.
Supone tal régimen objetivo de responsabilidad que cada partícipe debe soportar el dañ...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Giannetto, Pablo c/ Adriana del Carmen Lozano
Revista Nro: 34
Nro Página: 151