Contratos

Seña / Pago a cuenta / Incumplimiento por caso fortuito / Efectos /

La seña tiene una característica particular: la facultad de arrepentimiento y un elemento distintivo que radica en que “la seña dada a cuenta de precio” no autoriza el arrepentimiento puesto que el Código Civil las ha previsto como penitenciales. No es necesario que el convenio sobre las arras penitenciales se formule en términos categóricos y sacramentales, bastando con que se indique que la e...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Cingolani, Silverio C. c/ Vevey Viajes S.R.L.

Revista Nro: 35
Nro Página: 226

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