Pensión

Cónyuge separada de hecho / Ausencia de prestación alimentaria / Principio de prueba por escrito / Insuficiencia de la prueba testimonial y de la afiliación al I.P.A.M.. Derecho de pensión del hijo. Falta de acreditación de haber estado a cargo del padre. Conviviente del causante. Procedencia del beneficio previsional. /

Se considera decisiva la preexistencia de la prestación alimentaria para hacer efectivo el derecho a pensión, ya que éste se juzga como el reemplazo económico de aquélla (del voto de la mayoría, Dres. Cafure de Battistelli, Sesin). La actora no ha acreditado la existencia de una prestación alimentaria de parte del causante (arts. 53, quinto párrafo de la ley 24.241 y 38 inc. “a” de la ley 8024)...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Cáceres, Amanda Edit y otro c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba

Revista Nro: 131
Nro Página: 188

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase