Caducidad de la instancia

Improcedencia /

Frente al pedido de pronto pago efectuado por los incidentistas conforme lo preceptuado por el art. 266 de la ley 20.744 y una vez evacuada la vista por parte del síndico, el juez debía resolver el incidente planteado, por lo que las partes no tenían nada más que instar. En consecuencia, no puede hablarse de perención de instancia, ya que no existiendo carga procesal a cargo de las partes, la d...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Espinosa, Ramón R. y otros - Incidente de verificación tardía en Soc. Coop. de Seguros Ltda. La Unica

Revista Nro: 37
Nro Página: 178

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase