Compraventa
Autonomía de la voluntad / Obligaciones convencionales /Por operatividad del precepto contenido en el art. 1197 C. C., y en ejercicio de la libertad contractual, es absolutamente lícita la inserción de una cláusula por la cual el comprador asuma, por vía consensual, una conexión económica que en principio reposa sobre el vendedor.
La sola lectura de la cláusula discutida revela que no se ha pactado ninguna «estipulación por otro», sino simplemente la ...
Tribunal: Cámara 7ª C.y C.
Autos: Flores, Manuel Alay c/ Benjamín Hodara y otra
Revista Nro: 42
Nro Página: 198