Allanamiento
Silencio a la vista corrida / Efectos /El no contestar la vista no importa ninguna consecuencia legal si dicha carga no está impuesta por el ordenamiento procesal local, ni tampoco si no se establece un apercibimiento concreto.
El art. 919 C.C. es claro al disponer que el silencio opuesto a actor o a una interrogación, no es considerado como una manifestación de voluntad, conforme al acto o a la interrogación, sino en los casos en que...
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y del Trab. de Marcos Juárez
Autos: Lanfranco Otildo L. c/ Camilo Tinari Hnos. Sociedad de hecho y otros
Revista Nro: 42
Nro Página: 193