Sumario administrativo

Derecho de defensa /

La vigencia efectiva del derecho de defensa tutelado en los arts. 19.9 y 23.13 Const. Pcial., en el art. 18 de la Ley Fundamental de la Nación y en el art. 8.1 del Pacto de San José de Costa Rica, exige inexcusablemente el conocimiento de la acusación, la que deberá formularse dando detalles de los hechos considerados punibles y de la participación del agente en ellos....
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Vázquez, Pedro Reynaldo c/ Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso de apelación

Revista Nro: 44
Nro Página: 211

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase