Daños y perjuicios
Cuantificación por el Tribunal / Por vicio de la cosa / Prueba de la causalidad aparente /El daño moral debe ser prudencialmente cuantificado por el juzgador, según cada caso, teniendo en cuenta las consecuencias psíquicas y morales que el hecho haya producido en la víctima, tales como sufrimientos, angustias, abatimientos, expectativas frustradas, etcétera, sin que llegue a ser fuente de un beneficio inesperado, ni de un enriquecimiento injusto.
Conforme al art. 1113, párr. segundo...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Prades, Lucía c/ Alicia Rosa C. de Ducoin
Revista Nro: 43
Nro Página: 183