Nulidad

Incidente de nulidad / Plazo para interponerlo / Cómputo /

El plazo previsto en art. 78 C.P.C. para que el demandado articule un incidente de nulidad, corre a partir de la primera oportunidad que tuvo éste para tomar conocimiento de los actos procesales seguidos en su contra....
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Sinistri de Fillaster, Mercedes B. c/ Guillermo L. Sasson y otra - Ordinario

Revista Nro: 44
Nro Página: 198

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