Contratos

Principios generales / Buena fe contractual / Noción /

El art. 1198 C.C. exige la buena fe en la celebración, interpretación y ejecución de los contratos, lo que resulta frustrado si se torturan sus expresiones para no cumplir lo que aparece, al sentido común, como obligación primaria, pues las palabras «buena fe» significan confianza, seguridad y honorabilidad basadas en ella, por lo que se refiere -sobre todo- al cumplimiento de la palabra dada, esp...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Arabia, Carina Alejandra c/ Víctor Segundo Berardo y Alba Rosa Gontero de Berardo

Revista Nro: 43
Nro Página: 180

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