Alimentos

Ausencia de contestación de la demanda / Efectos /

Si bien es cierto que no puede afirmarse derechamente, como lo hace el recurrente, que ante la incontestación de la demanda el actor se encuentra absolutamente exento de producir pruebas en función de no existir hechos controvertidos, la falta de contestación de la demanda genera en virtud de lo normado por el art. 166 C.P.C., una presunción simple de veracidad de lo afirmado en la demanda, lo que...
Tribunal: Cámara C., C., del Trabajo y Flia. de Villa Dolores
Autos: Cuerpo de copias en autos: Urquiza, Pablo Alejandro c/ Susana Irene Llanos - Divorcio (alimentos)

Revista Nro: 45
Nro Página: 199

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