Alimentos

Divorcio / Por culpa de ambos cónyuges / Repetición de alimentos provi-sorios /

El divorcio, aun por culpa de ambos cónyuges, provoca la cesación de la cuota alimentaria pero no una acción de repetición de alimentos. Son de carácter asistencial los alimentos pasados durante la tramitación del juicio de divorcio, cualquiera sea la atribución definitiva sobre la culpabilidad de los cónyuges. El art. 374 C.C. consagra la perspectiva general al disponer que la obligación de p...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Beldrón, Héctor Jorge c/ Iturri, Marta Elena - Ordinario

Revista Nro: 45
Nro Página: 197

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