Excepción de pago

En juicio ejecutivo / Prueba confesional ficta / Valor probatorio /

La excepción de pago en un juicio de trámite ejecutivo debe fundarse en documentos de los que surja en forma clara su referencia a la deuda que se ejecuta, puesto que en defecto de expresión de vínculo entre el pago que el recibo reconoce y el documento base de la acción, la excepción deviene inviable. Es cierto que la doctrina y la jurisprudencia dan valor suficiente a la prueba confesional y, c...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Guardiero, Néstor C. c/ Susan A. Roatta - Ejecutivo

Revista Nro: 45
Nro Página: 189

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase