Accidente de tránsito

Colisión de vehículos / Responsabilidad por riesgo de la cosa / Alcances /

Cuando como consecuencia de un accidente de tránsito resultan daños para los dos vehículos protagonistas, en principio cada uno debe responder por los daños causados al otro de manera integral, salvo que medie causal eximitoria debidamente acreditada. La responsabilidad por riesgo no significa desatender la justicia del caso específico, ni importa variar el criterio común aplicable a las imput...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: López, Fabián R. c/ Nélida A. Martínez - Ordinario

Revista Nro: 45
Nro Página: 181

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