Amparo

Apelación contra la medida cautelar ordenada / Efectos /

No corresponde argumentar que se ha equivocado la vía procesal porque el juicio de admisibilidad fue efectuado provisoriamente por el tribunal de primera instancia y esa decisión no es de las que excepcionalmente se declaran apelables en el art. 15 de la ley 4915, sin perjuicio de que podrá ser revisada al dictarse sentencia definitiva o en la apelación de ella. De tal modo, la legitimidad de la m...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Funes, Sara - Castro, Raúl - Gómez, Alberto - Druetta, Luis - López, Fernando - Torres Aixala, Norma - Mercado, Amira - Tenaglia, Ana - Culasso, Ilda - Arce Donaire, Federico - Dragotto, Antonio c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdo

Revista Nro: 125
Nro Página: 163

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