Donación
Negocio bilateral / Necesidad de la aceptación /La donación es un negocio bilateral, no existiendo desde este particular, diferencia entre compraventa de inmuebles y donación.
La donación efectuada por el donante exige la aceptación por el donatario para tener efectos legales, esto es para su eficacia.
Tratándose de inmuebles la aceptación del donatario ausente debe hacerse por otra escritura de aceptación (art. 1811 C.C.), y la capacidad p...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: «Tercería de dominio de Lisandro Gizzi en autos: Grunhaut S.A. c/ Irma Rojo
Revista Nro: 48
Nro Página: 272