Recurso de casación
Inobservancia o errónea aplicación de la ley o doctrina legal /Las normas que reglan el régimen de notificación en el procedimiento administrativo, no constituyen «ley sustantiva» sino «ley adjetiva», por consiguiente, su inobservancia o errónea aplicación, sólo puede ser controlada a través del motivo espe-cíficamente previsto, esto es el inc. b) del art. 45 del C.P.C.A., ley 7182. El motivo de casación reglado en el art. 45 inc. a) de dicho cuerpo legal, co...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Camandone, Luis Alberto c/ Municipalidad de Río Tercero - Contencioso administrativo - Recurso de casación
Revista Nro: 49
Nro Página: 282