Transacción

Efectos de su homologación / Eficacia /

La homologación de un acuerdo presentado en sede judicial sólo resulta menester para dar a la transacción el carácter de título ejecutorio. Conforme lo dispone el art. 838 C.C., la única condición de eficacia de la transacción es su presentación al juicio, y a partir de allí deviene definitivamente eficaz confiriendo certidumbre a los derechos y obligaciones que las partes disputaban o controve...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Sitnik, Beatriz Raquel c/ Ochoa Bustos, René Cristina

Revista Nro: 175
Nro Página: 286

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