Juicio ejecutivo
Resoluciones recurribles /El art. 559 C.P.C. (ley 8465), refiriéndose a las resoluciones recurribles en el juicio ejecutivo, en su inc. 1º determina que «durante la instancia será aplicable el art. 515, salvo la resolución del incidente de nulidad promovido por el demandado con fundamento en vicios de la citación inicial». A su vez, el art. 515 citado establece que «únicamente la sentencia será apelable, pero en la segunda...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Wilke, Carlos Jorge Otto c/ María del C. Passegui de Casaletti y otro
Revista Nro: 53
Nro Página: 344