Recurso de apelación

Vía recursiva: admisibilidad formal. / Examen de oficio por el Tribunal / Expresión de agravios /

Como paso previo a la dilucidación del fondo de la materia sujeta a juzgamiento, constituye un presupuesto procesal inexcusable el análisis de las condiciones de admisibilidad formal de la vía recursiva incoada. En este orden de ideas, la jurisprudencia ha venido entendiendo que «El tribunal de alzada está facultado para examinar de oficio la admisibilidad del recurso, pues sobre el punto no se en...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Temporini, Luis A. c/ Pcia. de Córdoba

Revista Nro: 60
Nro Página: 271

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase