Contrato de seguro

Relación jurídica basese / Tercero beneficiario / Sustitución: improcedencia /

No se puede sustituir (en la relación jurídica base) al estipulante por el tercero beneficiario (quien no es parte en el contrato) intentando extenderle las consecuencias de una convención de la cual no participó en su formación, situación que no sólo controvierte elementales principios de nuestro sistema de derecho privado, sino que olvida la naturaleza misma del contrato donde la aseguradora y e...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Rolando, Aníbal Dante c/ Generali Arg. Vida Cía. de Seg. de Vida S.A

Revista Nro: 60
Nro Página: 244

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