Registro de la propiedad

Certificado notarial / Omisión de informar gravámenes / Omisión de informar gravámenes Certificación / Oponibilidad a terceros /

El art. 14 de la ley provincial 5771 dispone que el Registro no ins-cribirá título traslativo de dominio en el cual se invoque certificación por la que se haya hecho saber la existencia de algún gravamen o medida precautoria; de donde se desprende que si la existencia del gravamen o de la medida precautoria no ha sido informada en el certificado pertinente, el Registro debe inscrib...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Registro General de la Provincia - Recurso iniciado por Sergio Daniel Ughetto y Angela Victoria Bonetto

Revista Nro: 59
Nro Página: 251

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