Registro de la propiedad
Autorización de documentos / Estado jurídico de los inmuebles y las personas / Certificado notarial /Los arts. 22 y 23 de la ley 17.801 disponen que la plenitud, limitación o restricción de los derechos inscriptos y la libertad de disposición sólo podrán acreditarse con relación a terceros por las certificaciones a que se refieren los artículos siguientes; y que ningún escribano podrá autorizar documentos de transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles sin t...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Registro General de la Provincia - Recurso iniciado por Sergio Daniel Ughetto y Angela Victoria Bonetto
Revista Nro: 59
Nro Página: 251